El Consejo Regulador de la Indicación Geográfica protegida Aceite de Jaén, en su última reunión, ha tomado dos importantes decisiones: aprobar los registros de olivares y productores; de elaboradores y de comercializadores-envasadores y aprobar las cuotas obligatorias para poder calificar aceite de oliva virgen extra. Así, pues, los operadores pueden inscribirse en la IGP Aceite de Jaén.
Por pertenecer al Consejo Regulador, las empresas han de abonar una cantidad fija anual de 1.500 euros, con independencia de los registros en los que estén inscritas. En cuotas variables, las almazaras deberán abonar 5,5 euros por tonelada de aceites de oliva producidos hasta el 31 de diciembre, como media, en las últimas cuatro campañas, y las empresas comercializadoras-envasadoras pagarán en función del aceite de oliva virgen extra calificado y envasado, de acuerdo con la siguiente horquilla de cuotas obligatorias:
Menos de 150t de Aceite Calificado 9 €/t.
Entre 151t y 300t de Aceite Calificado 12 €/t.
Entre 301t y 600t de Aceite Calificado 15 €/t.
Mas 601t de Aceite Calificado 18 €/t.
Los operadores tendrán que abonar 0,02€ en concepto de contraetiqueta por cada botella que envasen, indistintamente del formato y tamaño.
Las empresas comercializadoras deberán de abonar 300€ anuales por cada marca registrada.
Junto con estas cuotas se acordó realizar una propuesta de modificación del Reglamento del Consejo Regulador para eximir a las entidades pertenecientes a las tres Denominaciones de Origen de la provincia, del pago de las cuotas obligatorias.
Cabe recordar que Aceite de Jaén es la primera IGP de aceite de oliva virgen extra reconocida en España y que ha recibido el reconocimiento por parte de Bruselas, por lo que los aceites de oliva virgen extra que cumplen con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones de esta IGP ‘Aceite de Jaén’ cuentan con el aval de la Unión Europea (UE) a su excelencia. Este respaldo a nivel comunitario conlleva un impulso al posicionamiento de los productos que ampara ‘Aceite de Jaén’.