El uso de maquinaria en terreno forestal necesita autorización de la Dirección General de Emergencias durante la época de riesgo medio y alto de incendios por lo que el Gobierno regional está intensificando los controles para verificar que los usuarios cuentan con el permiso. En lo que va de verano ya se han hecho cerca de 200 controles.

En concreto, la Comunidad de Madrid explica en un comunicado que para emplear cualquier instrumento, vehículo o aparato que pueda generar chispas, deflagración, calor o descargas eléctricas en el entorno natural, desde el 15 de mayo y hasta el 31 de octubre -época de riesgo medio y alto- hace falta una autorización expresa de la Dirección General de Emergencias.

El Cuerpo de Agentes Forestales (CAF) es el encargado de verificar que se cumplen las condiciones y, en lo que va de verano, ya ha supervisado cerca de 200 controles de desbrozadoras, radiales, motosierras, motores eléctricos, además de cosechadoras, segadoras o tractores con aperos en superficies agrícolas.

Los miembros del CAF escrutan el 100% de los fuegos en nuestra región, tanto sus causas naturales como de origen humano y apuntan a que, cada año, uno de sus principales orígenes en el medio natural es la imprudencia o negligencia en el uso de esta maquinaria; de ahí el llamamiento que hace el Ejecutivo madrileño a extremar las precauciones.

En este sentido, además de contar con la autorización de uso, entre las obligaciones contempladas, los usuarios deben contar con medios de extinción, como batefuegos, extintores o mochilas de agua, así como un teléfono móvil para, en caso de producirse algún conato, comunicarlo inmediatamente al 112 y poder atajarlo rápidamente.

El CAF también se encarga de controlar que se llevan a cabo las paralizaciones de uso de equipamientos que puedan emitirse desde la Dirección General de Emergencias debido a condiciones meteorológicas adversas, como alta sequedad o viento.

El incumplimiento de esta normativa es una infracción de la Ley de Montes y la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil que podría ser constitutivo de un delito ambiental, tipificado en el Código Penal.

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