Estas condiciones están recogidas en el artículo 8, en el que se especifica que los animales de producción de más de 110 kilos de peso deben disponer de una superficie mínima de suelo libre total por animal de dos metros cuadrados.

    También determina la edad mínima al sacrifico, que será de 10 meses, mientras que el peso mínimo individual de la canal será de 115 kilos -anteriormente era de 110 kilos-, excepto para los animales 100% ibéricos, que será de 108 kilos.

Creen que perjudica directamente al ibérico de cebo


    Higuera ha señalado que Anprogapor ha decidido presentar este recurso porque no están de acuerdo con la norma del ibérico en esos aspectos.

    A su juicio, entiende que es una norma que "perjudica directamente" al ibérico de cebo, y el sector "quiere saber todas las bases de estas nuevas modificaciones" normativas.

    Este recurso ante el Supremo se suma a los dos que ya han presentado la Junta de Castilla y León, y la organización agraria ASAJA Castilla y León sobre otros aspectos normativos recogidos en el Real Decreto.

×