Incatema Consulting & Engineering apoyará a la Comisión Europea participando en un estudio de evaluación de la implantación en España del Reglamento relativo a la identificación de origen en el etiquetado de productos cárnicos, impulsado por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural (DG AGRI). Este proyecto está coordinado por la empresa Agraceas que coordina a diversas entidades consultoras de referencia de los principales países europeos y será liderado en España por Incatema Consulting & Engineering.
Las reglas generales sobre información alimentaria tienen como propósito ayudar a los consumidores a tomar decisiones, razón por la cual las mismas estipulan que ciertos datos deben aparecer en la etiqueta de origen de un alimento de manera obligatoria.
El estudio sobre el etiquetado de productos cárnicos en el que participará Incatema Consulting & Engineering, evaluará si las normas sobre esta información referente a ciertas carnes, tal como se aplica en los Estados miembros son efectivas, eficientes, coherentes, relevantes y aportan valor añadido a la Unión Europea (UE) en vista de sus objetivos, necesidades y problemas actuales.
La evaluación pretende cubrir la situación en los mercados de la UE y valorar todos los aspectos del Reglamento desde su entrada en vigor desde el 1 de abril de 2015 en adelante. Incluirá una visión general de su aplicación en cada Estado miembro y deberá identificar cualquier carga administrativa, obstáculos o barreras existentes, las mejores prácticas y nuevos desafíos. Estos elementos deberán conducir, según corresponda, a conclusiones sobre la aplicación del Reglamento y recomendaciones sobre la posible necesidad de ajustes.
El Reglamento garantiza la trazabilidad de la carne en la Unión Europea
El 13 de diciembre de 2013, la Comisión Europea adoptó el Reglamento 1337/2013 que establece normas y condiciones en lo que respecta a la indicación del país de origen o lugar de procedencia para la carne fresca, refrigerada y congelada de cerdos, ovejas, cabras y aves de corral.
Asimismo, el Reglamento avala tener en cada etapa de producción y distribución de estas carnes un sistema de identificación y registro que garantice el vínculo entre la carne y el animal del que se obtiene y la transmisión de la información relacionada con las indicaciones del país de origen junto con la carne.
La Comisión está legalmente obligada a presentar un informe al Parlamento Europeo y al Consejo para evaluar la indicación obligatoria del país de origen o lugar de procedencia de carne fresca, refrigerada y congelada de cerdos, ovejas, cabras y aves de corral, dentro de los 5 años a partir de la aplicación del Reglamento, es decir, antes del 1 de abril de 2020.