Para las nuevas granjas la ocupación máxima de la parcela será del 15 por ciento de la superficie y su edificabilidad será incompatible con cualquier otro uso excepto el residencial cuando sea para el mantenimiento de la actividad ganadera y la parcela máxima será de 10.000 metros cuadrados y la mínima de 5.000.
Las explotaciones porcinas están sujetas a normas particulares y ninguna de ellas podrá instalarse a menos de 1,5 kilómetros de la ciudad, a menos de un kilómetros de los núcleos de pedanías ni a menos de 500 metros del polígono industrial de Lorca o de sus ampliaciones previstas y aprobadas.