JUNTA DE EXTREMADURA.-El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica hoy la orden por la que se establecen los periodos de caza durante la temporada 2011/2012, así como otras reglamentaciones especiales para la conservación de la fauna silvestre en la región.

Para la caza menor general se fija el periodo del 12 de octubre de 2011 al 6 enero de 2012, ambos inclusive, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional. En él se podrán cazar todas las especies cinegéticas consideradas como tales, excepto la liebre y el conejo con escopeta, cuyo periodo hábil finalizará el 25 de diciembre de 2011.

La media veda en cotos privados, deportivos y terrenos de aprovechamiento cinegético común se establece desde el 15 de agosto hasta el 11 de septiembre de 2011, ambos inclusive.

La perdiz con reclamo, una modalidad de amplia tradición en Extremadura, se podrá practicar desde el 15 de enero al 19 de febrero de 2012, ambos inclusive, en la provincia de Badajoz, y desde el 22 de enero al 26 de febrero de 2012, ambos inclusive, en la de Cáceres.

En cuanto a la caza mayor, el período hábil se fija desde el 8 de octubre de 2011 al 19 de febrero del año 2012, previa solicitud a la Dirección General del Medio Natural y autorización de la misma.

Para la caza selectiva se concederá autorización en cotos privados de caza mayor en función de lo aprobado en el Plan Especial de Ordenación y Aprovechamiento Cinegético. Y la determinación de las especies, edades, sexo y otras condiciones se realizará según lo regulado en el mismo.

La orden asimismo fija los periodos hábiles para la caza selectiva a rececho de las diferentes especies en cotos cercados y en cotos privados abiertos. Hay que tener en cuenta que la autorización para la caza selectiva de hembras tendrá una validez de 7 días, que se amplía a 15 dentro del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.

Igualmente, se indican otros métodos extraordinarios de captura, la protección de los cultivos, los montes y la ganadería durante la práctica de la caza o las limitaciones derivadas de las obligaciones de conservación de las especies, entre otros aspectos.

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