Serán subvencionables las actividades y gastos realizados en el desarrollo y ejecución de programas de calidad, los procedimientos seguidos ante la Entidad Nacional de Acreditación relacionados con la Norma UNE-EN ISO/IEC 17065, la implantación de sistemas de identificación y trazabilidad, realización de ensayos analíticos, físico-químicos y microbiológicos, y la prestación por terceros de servicios técnicos de calidad agroalimentaria.

     También se podrá solicitar ayudas para la contratación de auditorías de cuentas externas y para cubrir los gastos originados por la gestión de la inscripción o renovación de los nombres de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas de calidad agroalimentaria de Extremadura en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

     La ayuda consistirá en una subvención del 90 por ciento de los gastos subvencionables, aplicándose en todo caso límites máximos.

     Así, el límite para la DO Ribera del Guadiana, Dehesa de Extremadura, Cordero de Extremadura y Ternera de Extremadura será de 80.000 euros; de 73.000 euros para Torta del Casar, Cereza del Jerte y Pimentón de la Vera; 50.000 euros para Queso de la Serena y Queso de Ibores; 24.000 euros para Aceite de Monterrubio y Gata Hurdes; y 13.000 euros para Miel Villuercas Ibores.

     La norma establece que en ningún caso la ayuda total concedida a un beneficiario podrá superar los 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

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