EFE.- La resolución indica que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de una infracción leve de la reglamentación europea sobre organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.
El acuerdo de la Consejería de Sanidad y Consumo abierto a V.M. añade que esta infracción puede ser sancionada con una multa de hasta 3.000 euros.
El presunto infractor dispone de 15 días de plazo para conocer el expediente y presentar las alegaciones que considere oportunas.