La Asociación de Comunidades de Regantes de Andalucía (Feragua) ha pedido en Jaén a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir una rectificación a fondo del cálculo de los cánones y tarifas de riego que ha propuesto para el año 2023 para todos los usuarios del Sistema de Regulación General. Los regantes consideran que el organismo de cuenca viene repercutiendo de forma ilegal partidas relacionadas con planificación, gastos de comisaría, caminos, vertidos, lucha contra incendios, calidad del agua, etc., que no tienen nada que ver con las obras de regulación de las que son beneficiarios, y piden que todos estos costes sean restados del cálculo de los cánones.

En defensa de esta tesis, y durante la Junta de Explotación, el secretario general de Feragua, Pedro Parias, ha esgrimido varios resoluciones recientes del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) avalando los argumentos de Feragua y confirmando que no se pueden repercutir en el canon de regulación, bajo el concepto «gastos de administración del organismo», todos los costes o gastos ocasionados por las actuaciones que se realicen en beneficio de los usuarios o velen por el uso eficiente del agua, por muy necesarias que sean, sino exclusivamente, los gastos que sean de administración y estén relacionados de forma directa, clara y específica con sus funciones de regulación del agua, porque así es como está previsto en la Ley de Aguas.

El canon de regulación es una tasa que deben abonar los usuarios del agua que se benefician de la existencia de las obras de regulación (presas y embalses) que existen en una cuenca hidrográfica. Cada año, el importe de este canon se calcula a partir de tres conceptos, recogidos en la Ley de Aguas: (a) Gastos de funcionamiento y conservación de las obras realizadas; (b) Gastos de administración del organismo gestor imputables a dichas obras; y (c) recuperación de la inversión hecha por el Estado. Desde 2017, FERAGUA ha venido recurriendo los cánones de regulación porque la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir ha insistido en el criterio de incluir en el apartado b) inversiones que no son gastos de administración imputables a las obras de regulación.

Con el aval de las sentencias del TEAC a su favor, Pedro Parias ha advertido a los representantes del organismo de cuenca que el cálculo de las nuevas tarifas de 2023 vuelve a ser ilegal y ha demandado que se excluyan todos los gastos que no sean de administración e imputables a las obras de regulación. De forma específica, ha señalado que deben eliminarse todos los gastos de planificación hidrológica (316.758,67 euros), todos los relativos a arreglo de caminos (535.254,33 euros), los relacionados con actuaciones hidrológico-ambientales (167.841,60 euros), así como los de tramitación de expedientes sancionadores (366.365,11 euros). En total, más de un millón de euros que se pretende repercutir a los regantes de forma improcedente, contraviniendo claramente la Ley de Aguas, como acaba de confirmar el TEAC.

De acuerdo con las conclusiones de su asesoría jurídica, FERAGUA considera que todas estas resoluciones del TEAC, recientemente notificadas, deben llevar a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir a una reelaboración de los cánones de regulación para el año 2023, que descuente todos los gastos que no sean de administración e imputables a las obras de regulación. «El mandato del TEAC es claro», afirma la abogada de FERAGUA, Ana Loaiza, para quien, en la inclusión de gastos en el apartado b), «la Confederación debe analizar de forma individual cada una de las partidas controvertidas y justificar, de forma adecuada y específica, que las mismas se corresponden con gastos de administración imputables a las obras de regulación. Todo lo que no lo sea, debe ser excluido del cálculo».

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