El sector lácteo español estrena este viernes 10 un nuevo contrato lácteo que regulará las relaciones contractuales entre los productores y la industria por un período mínimo de un año y en el que los precios serán acordados por las partes para que se liquiden a cotización fija, variable o mixta.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves 9 la Orden que especifica también los volúmenes, el calendario y la modalidad de recogida o los asuntos referentes al control de la calidad y la trazabilidad de la leche.

En cuanto a precios, en el contrato se recuerda que precio fijo es aquel que no varía ni depende de ningún índice, independientemente de que puedan ser distintos precios en función del volumen; precio variable, es el que fluctúa dependiendo de la variación de uno o más índices o parámetros, mientras que el precio mixto se compone de una parte fija y una parte variable.

El control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del contrato se realizará por parte e la Interprofesional Inlac

Según el documento, en caso de que se utilicen índices de referenciación o parámetros específicos, éstos deberán incluirse «de manera clara» y, «en todos los casos», deben ser «objetivos, verificables, no manipulables y procederán de fuentes públicas y accesibles por las partes».

Sobre la duración del contrato, se detalla que los contratos en los que participe como suministrador un productor tendrán una duración mínima de un año, aunque dicho productor podrá rechazar esa duración mínima en supuestos debidamente justificados y notificados a la autoridad competente de la comunidad autónoma donde radique su explotación «a la mayor brevedad posible».

Se incluye la opción de renovarlo automáticamente por periodos iguales a los inicialmente pactados, a no ser que cualquiera de las partes notifique expresamente a la otra su voluntad de no renovarlo al menos tres meses antes de la fecha de finalización o, por el contrario, optar por la finalización automática, en cuyo caso la relación contractual acaba de manera automática a la finalización del plazo pactado.

El control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del contrato se realizará por una comisión de seguimiento creada en la Organización Interprofesional Láctea (Inlac).

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