Las solicitudes de modificación de los pliegos de condiciones de las Denominaciones de Origen Protegidas Jerez-Xérès-Sherry y Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda ya han entrado en vigor, tras la publicación de la respectiva Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Entre las principales modificaciones, destaca la ampliación de la Zona de Crianza de la DO “Jerez-Xérès-Sherry», igualándose a la Zona de Producción. De esta forma, se cumple una aspiración sectorial que las bodegas situadas dentro del territorio de la DO pero fuera del llamado “triángulo de Jerez” (Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María o Sanlúcar de Barrameda), llevan esperando años.
Hasta este momento, el envejecimiento final de los vinos tenía que llevarse a cabo en una de las tres localidades del “triángulo de Jerez”, aunque la uva pudiera proceder de cualquiera de las localidades del territorio de la DO (Trebujena, Lebrija, Chipiona, Rota, Chiclana y Puerto Real). A partir de ahora, las bodegas que estén situadas en cualquiera de estos municipios podrán llevar a cabo el proceso completo de elaboración de los vinos, quedando acogidos a la Denominación de Origen con todos los derechos.
César Saldaña, presidente del Consejo Regulador de Vinos de Jerez y Manzanilla de Sanlúcar, afirma que: “las modificaciones han sido el resultado de un amplio consenso entre los operadores. Estoy convencido de que los nuevos pliegos de condiciones van a contribuir a dar un impulso importante a nuestra denominación de origen, pues además de los cambios en la zona de crianza, incorporan elementos que clarifican nuestra oferta, mejoran el etiquetado y potencian aspectos directamente relacionados con el viñedo, uno de los elementos clave en el futuro de nuestros vinos.”
En lo que respecta al viñedo, también se han aprobado una serie de modificaciones cuyo objetivo es dar un mayor protagonismo a la fase vitícola. Por un lado, los nuevos pliegos incluyen de forma explícita todos los pagos de la denominación de origen que podrán constar en el etiquetado, siempre y cuando al menos el 85% de la uva utilizada tenga su origen en dicho pago. Además, se abre la posibilidad de emplear otras variedades de uva autóctonas de la zona del Marco de Jerez, que apenas se cultivaban tras la devastación de la plaga de la filoxera a finales del siglo XIX.
SE HAN APROBADO MODIFICACIONES QUE TIENEN COMO OBJETIVO CLARIFICAR EL ETIQUETADO DE LOS VINOS PROTEGIDOS
También se ha modificado el criterio por el que un viñedo es clasificado como de “Jerez Superior”. Independientemente de que la viña esté situada dentro del “triángulo de Jerez” o en cualquier otro municipio dentro de la DO, a partir de ahora esta clasificación se basará únicamente en criterios técnicos. Hasta ahora, solo los viñedos situados en Jerez, El Puerto, Sanlúcar y Trebujena podían aspirar a esta categoría.
Por último, se han aprobado modificaciones que tienen como objetivo clarificar el etiquetado de los vinos protegidos. Además de definirse las categorías Manzanilla Pasada y Fino Viejo en base a envejecimientos medios superiores a siete años, se incluye un anexo con todas las reglas relativas al etiquetado que permiten el uso de términos como “en rama”, “abocado”, “amoroso”, etc.
Aunque la mayoría de los cambios de los pliegos de condiciones ya han entrado en vigor, quedan pendientes algunas modificaciones que se acordaron en el seno del Pleno, como la posibilidad de no fortificar los vinos, y que necesitarán la aprobación de la Unión Europea.