El Alto Tribunal señala que el recurso debe ser estimado "porque en las liquidaciones parciales se estaban incluyendo gastos que legalmente no eran exigibles, al haber sido declarados exentos".

     Con su forma de proceder, comenta el TS, la administración "estaba exigiendo, si bien en dos momentos diferentes, el importe íntegro de tales gastos, prescindiendo, en lo que aquí interesa, de los beneficios fiscales reconocidos por ley a los periodos 2008 y 2009".

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