El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 15 meses de prisión a un granjero que dejó morir a 170 ocas por inanición y falta de cuidados en una explotación ganadera ecológica de su propiedad en Fuente Obejuna (Córdoba).
La Sala de lo Penal rechaza el recurso del condenado contra la sentencia de la Audiencia de Córdoba, que también le impuso 3 años y 6 meses de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.
El dueño de las ocas figuraba como administrador único de una empresa que se dedicaba al cebado en extensivo de estos animales para la producción de paté, carne y plumas en una finca cordobesa.
Fue en junio de 2018 y durante tres semanas cuando las dejó morir por «inanición y por falto de cuidados», con absoluto conocimiento del estado de desnutrición en el que se encontraban y «con total desprecio por la vida de éstas», puesto que el encargado de alimentarlas le había comunicado la falta de pienso y su estado.
«Los animales no recibieron la regular atención veterinaria que exige el cuidado propio de una granja ecológica. Tampoco dispensó el cuidado indispensable para la supervivencia de las ocas. Fueron, pues, muchas omisiones las que seccionaron la voluntad unitaria de desatender a los animales que custodiaba y explotaba en su granja».
Unos hechos que se sucedieron en un prolongado paréntesis temporal y que culminó en tres días de «una agonía colectiva que llevó a la muerte de los animales».
Cuando llegaron los servicios veterinarios de la Junta de Andalucía y el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona) se encontraron a las ocas muertas, la mayoría amontonadas, en avanzado estado de desnutrición.
No tenían pienso ni agua potable, salvo un pequeño bebedero y una pequeña charca de aguas pluviales en unos corrales, donde bebían, se bañaban y defecaban, y tampoco recibieron la adecuada asistencia sanitaria.
La Sala considera los hechos un delito continuado y no un único delito, como reclamaba el condenado, y subraya que «el sufrimiento de un animal, la muerte de un ser vivo exige un tratamiento penal que adquiera sentido a partir de su consideración como ser sintiente y, por tanto, protegido en su propia mismidad».
Añade que en el caso de maltrato animal examinado «fueron 170 animales fallecidos que no pueden ser degradados a la condición de cosas no individualizables por su propia singularidad».
«La cosificación de los animales es contraria al estado de nuestra legislación y a los compartidos valores que forman parte ya de una normalidad sociológica que ve en todo animal un ser sintiente, merecedor del respeto exigible frente a la vida, sea o no humana».