El Tribunal General de la Unión Europea ha dado la razón a la empresa de vinos y cavas Codorniu al considerar que existe riesgo de confusión entre la marca ‘Anna de Codorniu’ y la denominación ‘Anna de Altún’, de la alavesa Bodegas Altún. Una confusión que se basa más en una cuestión fonética que de imagen propiamente dicho. El tribunal anuló una decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo), que entendió que no existía ese riesgo.

Los jueces opinan que la Euipo erró al descartar que hubiera riesgo de confusión entre las marcas de ambas empresas basándose en la inexistencia de similitudes entre los signos que las componen, sin tener en cuenta «otros factores pertinentes».

Codorniu, titular de la marca ‘Anna de Codorniu’, registrada para bebidas alcohólicas (excepto cervezas), recurrió ante el Tribunal General de la UE la resolución de la Euipo, que consideró que no había riesgo de confusión entre esa marca y ‘Ana de Altún’, de Bodebas Altún, solicitada para vino blanco de Rioja.

Una sentencia basada no en la imagen de las botellas sino en su fonética

Al igual que la oficina comunitaria, los jueces europeos creen que las marcas enfrentadas tienen escasas similitudes a nivel gráfico, pero que son parecidas desde el punto de vista fonético debido al elemento común Ana.

El Tribunal General considera que, aunque los nombres propios Ana y Anna se escriban de modo distinto y los elementos figurativos sean diferentes, las diferencias no neutralizan las similitudes visuales y fonéticas.

En contra de lo que dijo la Euipo, señalan los jueces, las marcas presentan cierto grado de similitud, a pesar de que éste sea escaso considerado globalmente.

La oficina consideró que los productos designados por las marcas eran idénticos, pero que los signos eran escasamente similares en lo visual y fonético y claramente diferentes a nivel conceptual, de modo que no existía riesgo de confusión.

Estimó también que la diferencia conceptual contribuía a compensar la similitud fonética, de lo que dedujo que no existía similitud alguna entre las marcas.

Además, la oficina europea opinó que el carácter distintivo de la marca de Codorniu no era elevado, sino normal.

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