EFE.- Francia podía tomar medidas de urgencia para vetar el uso y consumo del maíz transgénico en su territorio, pero erró en la base legal utilizada, según la sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE).

El fallo traslada a la Justicia francesa la decisión sobre la legalidad de prohibir el maíz transgénico MON 810 en ese país.

El Tribunal se pronunció sobre el litigio entre el Estado francés y la empresa Monsanto y otras productoras de semillas, que han pedido la anulación de las leyes nacionales que prohíben el uso y cultivo en territorio galo de semillas de transgénicos.

Los jueces concluyen que las medidas de emergencia adoptadas por París para vetar el maíz transgénico se tenían que haber basado en un Reglamento de 2003 sobre alimentos y piensos modificados genéticamente y no en la Directiva de 2001 sobre la liberalización intencional de Oganismos Genéticamente Modificados (OGM) en el medio ambiente.

Para decretar una prohibición provisional, Francia aplicó una cláusula de salvaguarda prevista en la Directiva, lo que según el Tribunal fue erróneo.

La sentencia precisa además los requisitos que un país debe respetar al acordar un veto a los transgénicos, según el reglamento aplicable.

En primer lugar, explica que el Estado miembro debe informar "oficialmente" a la Comisión de la necesidad de adoptar medidas de emergencia.

Si Bruselas no adopta ninguna acción, el país interesado debe comunicar "inmediatamente" tanto al Ejecutivo comunitario como a los demás Estados miembros las medidas provisionales adoptadas.

La comunicación a Bruselas debe tener lugar "tan pronto como sea posible" y a más tardar (….) en el momento de la adopción de las medidas", precisa.

El Tribunal aclara además que el reglamento aplicable impone a los Estados miembros la obligación de demostrar que concurre una situación que puede presentar "un riesgo importante que ponga en peligro de manera manifiesta la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente".

Tales medidas "sólo pueden adoptarse sobre la base de una evaluación de los riesgos lo más completa posible, dadas las circunstancias concretas del caso de que se trate", añade.

Esa evaluación atañe a los tribunales nacionales, sobre la base de la normativa comunitaria.

Francia vetó el cultivo de transgénicos en 2008, argumentando los graves peligros que podía implicar para el medio ambiente.

En la UE aplican además salvaguardas contra el cultivo de transgénicos Grecia, Alemania, Luxemburgo, Austria y Hungría.

Por el contrario, España es el país de la UE con más superficie de OGM, con un 80% de las plantaciones de maíz transgénico y una extensión nacional que ronda las 76.000 hectáreas.

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