EFE.- Cantabria fue la primera comunidad autónoma en aprobar una ley para prohibir la fractura hidráulica, que fue recurrida por el Estado ante el Tribunal Constitucional.

El pasado 13 de febrero, el pleno del Tribunal Constitucional suspendió esta ley cántabra que prohíbe la fractura hidráulica («fracking») en su territorio, como técnica de investigación y extracción de gas no convencional, al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno.

El pasado 24 de enero, el Consejo de Ministros acordó presentar un recurso de inconstitucionalidad al considerar que la ley de Cantabria del 15 de abril de 2013 es inconstitucional porque vulnera, en su artículo 1, la Ley del Sector de Hidrocarburos.

Según dicha ley, corresponde a la Administración General del Estado otorgar las autorizaciones y permisos relativos a hidrocarburos cuando afecte al ámbito de más de una comunidad y en las zonas de subsuelo marino.

El Gobierno que dirige Mariano Rajoy consideró que la ley cántabra que había recurrido, al prohibir la investigación de extracción de gas de esquisto mediante la técnica del «fracking», vacía de competencias al Estado en materia de hidrocarburos.

Asimismo, el Ejecutivo estimó también que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, las competencias autonómicas sobre medio ambiente no pueden extenderse de manera que impidan completamente el ejercicio de las competencias estatales.

Según el Gobierno, la legislación ambiental no ignora la protección ambiental en la utilización de la fractura hidráulica, ya que, tanto el texto refundido de la ley de evaluación de impacto ambiental como la ley de evaluación ambiental de 2013 sujetan los proyectos que utilicen esta técnica a la evaluación ambiental.

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