Asimismo se incluye tanto a representantes nombrados por las Comunidades Autónomas afectadas, como en el caso de Comisiones electorales de los Consejos Reguladores de los diferentes intereses económicos y sectoriales implicados.

   Las funciones de la Comisión Electoral Central contemplan la coordinación y supervisión del proceso electoral y la resolución de los recursos presentados frente a las Comisiones electorales de los Consejos Reguladores, que a su vez son los encargados de la organización de todo el proceso en el ámbito de su Denominación de Origen (censos, candidaturas, mesas electorales y votación).

   Se establece un calendario electoral que determina todas las fechas del proceso y que se inicia el 22 de enero de 2013, con la constitución de la Comisión Electoral Central y apertura de plazo de presentación de candidatos de los representantes sectoriales, para participar en las Comisiones electorales de los Consejos Reguladores.
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