MOPC.- El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, mediante una Resolución numeral 2247 del 15 de noviembre último, firmado por su titular, Enrique Salyn Buzarquis, ha creado la unidad coordinadora del Programa (UCP)”Saneamiento y Agua Potable para el Chaco y ciudades intermedias de la Región Oriental del país”, dependiente de la Dirección de Agua Potable y Saneamiento, cuya estructura organizacional estará activa y vigente mientras dure la ejecución del programa.
Igualmente la disposición ministerial aprueba la estructura orgánica y funcional de la citada Unidad y que estará integrada por una secretaría, oficina de coordinación técnica, área técnica condominial, coordinación de estudios y proyectos, áreas de estudios, áreas de proyectos, coordinación administrativo-financiero, área administrativa, adquisiciones, coordinación institucional y social, área técnica social y área de comunicaciones.
Entre las principales actividades de esta unidad es la de representar al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones ante los organismos nacionales e internacionales en los procesos de negociación en el marco del citado programa conocido como PR-L1060 y PR-G1001, previa autorización del Director de Agua Potable y Saneamiento.
Igualmente deberá elaborar y aprobar los documentos para la calificación, selección y contratación de consultores para el estudio de campo, la definición de las especificaciones técnicas, los planos y elaboración de pliegos de licitación para las distintas etapas del programa, conforme a las normativas institucionales vigentes.
También deberá realizar las evaluaciones técnicas y financieras de las consultoras contratadas y elevar a decisión del gabinete del Ministro y obtener la no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Se otorga un plazo no mayor a noventa (90) días a partir de la vigencia de la presente Resolución para que la Unidad Coordinadora del Programa de “Saneamiento y Agua Potable para el Chaco y Ciudades Intermedias de la Región Oriental del Paraguay” realice los trabajos correspondientes de elaboración y presentación del Manual Operativo del sector, el cual podrá contener modificaciones estructurales y funcionales aprobadas en la presente disposición ministerial.