Así, el ámbito de aplicación del seguro de compensación por pérdida de pastos regulado por la presente orden lo constituyen las explotaciones asegurables situadas en el territorio nacional, excepto Canarias, detalla esta Orden, que entra en vigor desde el sábado dñia 21. Incluye especies bovina, equino, ovino y caprino.

      Tienen la condición de explotaciones asegurables las que tengan asignado un código de explotación según el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA), y cumplan con lo establecido en la legislación vigente en materia de identificación y registro de animales.