Podrán ser beneficiarios de la ayuda del Plan PIMA Tierra, las personas físicas, empresas privadas, cooperativas agrarias, cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, SAT (sociedades agrarias de transformación), inscritas en los correspondientes Registros Oficiales. En todo caso, los beneficiarios deben estar dedicados a la actividad agraria.
El solicitante podrá achatarrar más de un tractor, y adquirir un único tractor nuevo, siempre que la cuantía base de las ayudas que pueda percibir el beneficiario no sobrepase el límite de 7.000 euros, y la cuantía total de la ayuda no sobrepase los 9.000 euros.
El tractor que se dé de baja deberá estar inscrito en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) antes del 1 de enero de 1999 y deberá ser entregado en un centro de recepción de vehículos para su descontaminación.
Las solicitudes de ayuda se presentarán, de acuerdo con el modelo que estará disponible en la Sede Electrónica de la página web del Ministerio, www.magrama.es, en un plazo continuado a partir de los quince días hábiles desde la entrada en vigor de esta resolución, hasta la fecha de agotamiento de los fondos presupuestarios. El PIMA Tierra estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2014.