Ha precisado que, aunque la mayoría de los suscriptores de pólizas están incluidos en dicha base de datos, es posible que algunos agricultores que cumplen con los citados requisitos no estén dados de alta, bien porque no han suscrito pólizas en años anteriores o por no ser perceptores de ayudas de la Política Agraria Común (PAC).

     Según la Ley General de Subvenciones, no podrán percibir ayudas las personas o entidades que no se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o de la Seguridad Social, así como las que no estén al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

     Han insistido en que los agricultores y ganaderos que suscriban una póliza en el marco de los Planes Anuales de Seguros Agrarios tienen que cumplir con estos requisitos, al objeto de poder beneficiarse del descuento en el coste de la póliza de seguro que supone la subvención que concede el Ministerio a través de Enesa.

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