El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha establecido un sistema de autorización y control de la importación en España de semillas de cáñamo no destinadas a la siembra sino a su mezcla para alimentación animal o para su exportación a un tercer país.

En la Orden ICT/920/2018 que este martes 11 publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), Industria ha incluido en dos anexos el modelo de solicitud de autorización como importador de semillas de cáñamo con fines distintos a la siembra y el modelo de declaración responsable del importador autorizado.

La normativa explica que el funcionamiento y desarrollo de la organización común de mercados en el sector del lino y el cáñamo destinados a la producción de fibras exige con carácter general un régimen de control del comercio con terceros países de los citados productos.

En concreto, para que estos cultivos ilícitos de no perturben el mercado del cáñamo de uso textil es necesario la realización de controles de las importaciones y de semillas de cáñamo a fin de cerciorarse de que dichos productos ofrecen garantías en cuanto al contenido de tetrahidrocannabinol.

Aunque la noticia resulte un tanto sorprendente, cabe recordar que los productores de cáñamo en Estados Unidos, donde en algunos Estados está permitido su uso para el pienso para ganado,  han recordado que la planta ha crecido salvaje en áreas de Nebraska o Kansas y que los animales se la comían. Incluso, que las semillas se han usado en el pasado como alpiste para pájaros.

En España su cultivo está incluido en las ayudas de la PAC y tuvo un apartado específico dentro de la normativa sobre la aplicación de los pagos directos a la agricultura y ganadería, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural del entonces Mapama.

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