EFE.- Se trata de una Orden del Ministerio, con nuevas bases para los trabajadores del "grupo segundo", es decir de embarcaciones entre 10,01 y 150 toneladas de registro bruto, y del "grupo tercero", para empleos de otro tipo como, por ejemplo, las empacadoras, neskatillas o el de mariscador a pie.

Con esta normativa se establecen, según los valores medios de las remuneraciones percibidas en el año 2012, las "bases únicas para la cotización por contingencias comunes y profesionales según provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales".

Aunque la orden entra en vigor a partir de mañana, tiene efecto desde el día 1 de enero de 2013.

Las diferencias que se hubieran podido producir por la aplicación de las bases de esta orden respecto a las cotizaciones efectuadas desde el 1 de enero podrán ser ingresadas, sin recargo, el último día de abril.

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