El Boletín Oficial del Estado ha publicado este viernes la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se reducen los índices de Rendimiento Neto y la reducción general aplicables en 2023 en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF, el denominado sistema de módulos, para agricultores y ganaderos.

Hace unos días, con la Declaración de la Renta ya en curso, se pedía su publicación para que los agricultores y ganaderos pudieran entregarla en tiempo y forma.

Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de minoración de dichos índices y tiene en cuenta la incidencia de la sequía y otras circunstancias excepcionales que afectaron a la rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2023.

En una nota de prensa enviada por parte del Ministerio de Agricultura, se explica que con la rebaja del IRPF en los módulos el Gobierno continúa dando cumplimiento a las medidas acordadas para dar apoyo a los agricultores y ganaderos, al establecer una reducción generalizada del 15 % en el rendimiento neto, a la que se añade la minoración de entre el 30 % y el 80 % en los sectores más afectados por las adversidades climáticas, y el mantenimiento de las minoraciones por la compra de gasóleo agrícola (35 %) y fertilizantes (15%). 

BENEFICIARÁ A 800.000 AGRICULTORES

La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 15 % a la que podrán acogerse los aproximadamente 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos. Determinados sectores se benefician además de reducciones específicas, que son del 80 % en el caso de la castaña, 50 % para los cereales, leguminosas, olivar y la apicultura, y del 30 % para uva de vinificación y sectores ganaderos en régimen extensivo.

Se estima que el conjunto de las reducciones contempladas en la orden publicada supone una rebaja de la base imponible del orden de 1.750 millones de euros.

La orden permite que este año también los declarantes en estimación objetiva agraria del IRPF puedan minorar el rendimiento neto previo un 35 % por adquisición de gasóleo agrícola, y un 15 % por compra de fertilizantes.

Además, se mantienen las reducciones de los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos de regadío que utilicen energía eléctrica. Concretamente se establece en un 0,5 el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50 % del importe de los productos alimenticios consumidos, y se aplica tanto a los sectores ganaderos intensivos como a extensivos. El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75.

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