El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley que establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de los transgénicos  u organismos modificados genéticamente (OMG).

El objetivo principal del Reglamento es «regular la adopción de medidas para evitar la contaminación transfronteriza con nuestros países vecinos», ha informado el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) en un comunicado.

Para preservar el mercado interior de los transgénicos, la Unión Europea tiene establecido un marco legal global para la autorización de OMG que se vayan a utilizar «con fines de cultivo en toda la Unión».

Según esa normativa, los OMG para cultivo «deben ser sometidos a una exigente evaluación individual antes de autorizar su comercialización en el mercado de la Unión» en la que se evalúa «cualquier efecto directo, indirecto, inmediato, diferido o acumulado a largo plazo en la salud humana y el medio ambiente».

El Mapama ha recordado que una vez que se ha autorizado un OMG para cultivo, la UE ha optado por dotar a los Estados miembro de «una cierta flexibilidad» para decidir si desean o no cultivar OMG en todo o en parte de su territorio.

Por ello, ha explicado el Gobierno, los Estados miembros deberán adoptar «medidas adecuadas en las zonas fronterizas de su territorio», con el fin de evitar una posible contaminación transfronteriza a los Estados miembro vecinos, en los que pueda estar prohibido el cultivo de OMG, a cuyo efecto se ha aprobado esta norma.

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