La nueva normativa regula el procedimiento de autorización al que se deben someter todos los establecimientos que produzcan los brotes y las semillas destinadas a su producción, que no hayan sido tratados.
Con este Real Decreto, el Gobierno fija, los criterios microbiológicos y los sistemas de autocontrol que deben cumplir los brotes y las semillas, no solo durante la fase de comercialización, sino también durante la fase de producción, además de las obligaciones de trazabilidad y certificación en la importación que deben cumplir los establecimientos dedicados a este tipo de producciones.