Por otra parte, con este Real Decreto se pone en marcha una de las actuaciones recogidas en el plan de medidas para la mejora del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (Sigpac), elaborado por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), a petición de la Comisión Europea.

   Consiste en la aplicación de un coeficiente de admisibilidad a las superficies de pastos, de modo que las zonas sin vegetación y las áreas con pendientes elevadas dejen de considerarse admisibles para el cobro de las ayudas directas.

   Este coeficiente, así como la superficie admisible resultado de su aplicación, podrá visualizarse al consultar los recintos de pastos en el Sigpac.

   Por otra parte, y con objeto de facilitar la aplicación del sistema de certificación al que está sometido el Programa Nacional para el fomento de la calidad de la remolacha azucarera, se flexibilizan los requisitos establecidos y se permite elegir entre cualquiera de las dos modalidades de control, en las fases de la industria y del cultivo, indistintamente.

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