La Fiscalía apunta que Nueva Rumasa tenía como única actividad prestar servicios a otras empresas de su grupo, por lo que su situación de insolvencia no puede imputarse a la crisis económica, pues las sociedades a las que prestaba sus servicios -consistentes en contratos de publicidad- no pagaban, por lo que se seguía incrementando la deuda con terceros.
Recuerda que los administradores de la sociedad no sólo no tomaron medidas para cobrar los créditos, sino que "permitieron que ésta continuara multiplicando su endeudamiento sabiendo que no iban a pagar sus deudas y siendo conscientes de que sus acreedores nunca iban a cobrar sus créditos, continuaron contratando la publicidad ocultando la verdadera situación financiera".
Por estos motivos el Fiscal considera que la insolvencia "es imputable a los administradores de la sociedad por su conducta temerariamente negligente".
Apunta, además que eran plenos conocedores de la situación de insolvencia y de su incapacidad para hacer frente a las obligaciones contraídas, al menos desde la fecha en que fueron aprobadas las cuentas de 2009, es decir desde el 30 de junio de 2010.
Los libros oficiales no fueron legalizados
Recuerda que los libros oficiales de contabilidad de los ejercicios 2009, 2010 y 2011 de la mercantil Nueva Rumasa ni siquiera fueron legalizados y que la contabilidad que se ha aportado son borradores en soporte electrónico de los "Libros Diario y Mayor" de 2009, 2010 y parte de 2011.
En estos borradores se recogían créditos inexistentes, no se contabilizaban créditos existentes y los que se hacían se consignaban por cuantías distintas a las que posteriormente fueron justificadas por los acreedores, apunta el Fiscal.
Entre otras irregularidades, se indica que no se incluyeron las deudas que la compañía había contraído por publicidad con la agencia Carat España y se incorporaron dos "créditos inexistentes" con las entidades Tangente Publicidad y Tecono Quest.
Debido a todas estas irregularidades -tampoco se cuantificaron deudas contra la Hacienda Pública por IVA superiores a los 2,93 millones de euros- la diferencia entre el pasivo declarado por Nueva Rumasa y el que finalmente reconoció la administración concursal superó los 45,65 millones.