Dos de los tres empresarios acusados de reproducir, comercializar y vender semillas de tomate protegidas legalmente por derechos y títulos de obtención vegetal han aceptado este miércoles 22 sendas penas de tres meses de prisión mientras que el tercero ha sido absuelto.
Durante la vista celebrada en el Juzgado de lo Penal número 5, la Fiscalía ha retirado su acusación contra M.E.N, y ha rebajado de seis a tres meses de prisión la pena interesada para A.N.V. y F.J.E.S. por un delito contra la propiedad industrial.
El juez ha acordado la suspensión de la pena de prisión que se sustituye por el pago de sendas multas de seis meses
Esta pena ha sido la recogida por el juez en la sentencia de conformidad dictada en la propia sala, por la que también se impone una multa de seis meses a razón de cuatro euros al día a A.N.V. y F.J.E.S..
No obstante, el juez ha acordado la suspensión de la pena privativa de prisión que se sustituye por el pago de sendas multas de seis meses, también a razón de cuatro euros al día.
La calificación del fiscal, consultada por Efe, recoge que los acusados, A.N.V. y F.J.E.S.. son los representantes legales y administradores de dos sociedades distintas que tienen sus invernaderos en las localidades nijareñas de San Isidro y Campohermoso, que tienen como objeto social la comercialización y venta de productos agrarios, incluida la de semillas de tomate.
La Fiscalía señala que se tenía la sospecha de que los acusados podían estar dedicándose además al acondicionamiento y siembra de «variedades vegetales protegidas legalmente», que posteriormente eran reproducidas, comercializadas y vendidas de forma «indiscriminada» a terceras personas.
Por ello, fueron objeto de una denuncia tras la que la Guardia Civil llevó a cabo inspecciones en los invernaderos de las sociedades de los acusados en San Isidro y Campohermoso, efectuados el día 9 de agosto del 2012.
De esta forma, fueron encontrados «numerosos plantones de tomate acondicionados o a acondicionar para la siembra, perteneciente a las variedades (…) que han obtenido previamente el título legal de obtención vegetal protegida».
El fiscal sostiene que los acusados no contaban con «consentimiento alguno para su producción, acondicionamiento o comercialización por parte de los titulares de los respectivos derechos y títulos de obtención vegetal» y que eran conocedores de que estas variedades de tomate «estaban protegidas legalmente como tales y registradas a tal efecto»
Durante la vista oral, M.E,N, el único absuelto, no ha reconocido haber cometido los hechos, mientras que un agente de la Guardia Civil ha declarado que en el invernadero de éste no encontraron restos que hiciesen pensar en la necesidad de su imputación.