Y, según se establece, las reses que estén presentes en esos pastos en el momento de la publicación de esta resolución deberán retirarse en el plazo máximo de 48 horas a sus respectivas explotaciones.

   Se prohíbe el movimiento de animales de explotaciones principales originarias de otros municipios a pastos particulares o comunales situados en estos tres (Lamasón, Tudanca y Peñarrubia) declarados de alta incidencia.

   Las explotaciones de estos municipios serán objeto de seguimientos periódicos con el fin de verificar la ausencia de la enfermedad.

   Estas medidas de restricción de movimientos y el cierre de los pastos se mantendrán hasta que la situación epidemiológica de las explotaciones registradas indique que ya no se dan las circunstancias que dieron lugar a la declaración como zona de alta incidencia.

   El BOC recoge que contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

×