EFE.- De este modo, podrán ser beneficiarias de las subvenciones las OPAS y las cooperativas agrarias de Cantabria legalmente constituidas que hayan realizado las actividades de asesoramiento y colaboración con los agricultores y ganaderos para la correcta elaboración y presentación de la solicitud única de ayudas.
En una orden que se publica hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), la Consejería explica que en el año 2006 entraba en vigor el sistema de pago único de las ayudas directas que reciben los agricultores y ganaderos con cargo a los fondos del FEAGA (Fondo Europeo de Desarrollo Rural).
Ese nuevo sistema suponía la implantación, al mismo tiempo, de un método de presentación de la solicitud única de ayudas por vía telemática que «complicaba sustancialmente su tramitación».
La Consejería indica que, actualmente, la vía telemática de cumplimentación de solicitudes «continúa siendo un medio prácticamente exclusivo para su presentación».
Y añade que «la dificultad de acceso a estos medios en el mundo rural» y, sobre todo, la dificultad y el alto grado de variabilidad de este tipo de ayudas «determinan la conveniencia, e incluso la necesidad, de contar con apoyo cualificado» para presentar las solicitudes.
Como consecuencia de ello, las organizaciones profesionales agrarias y las cooperativas agrarias de Cantabria colaboran en el asesoramiento y presentación de las solicitudes del Sistema Integrado de Ayudas (SIA).
Las solicitudes para estas ayudas a OPAS y cooperativas se dirigirán a la consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural y se presentarán en el registro de cualquier oficina comarcal o por cualquiera de los medios establecidos en la ley.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Boletín Oficial de Cantabria.