La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiga posibles prácticas anticompetitivas y acuerdos de reparto del mercado de la distribución de maquinaria agrícola en España. Las prácticas consistirían en «el reparto del mercado a través de la restricción de las ventas pasivas a clientes situados fuera del área especificada en los contratos de distribución», según ha informado este miércoles la CNMC, en un comunicado.

La CNMC ha inspeccionado varias empresas entre el 26 y el 29 de septiembre, para lo que ha contado con la colaboración de la autoridad autonómica de competencia en uno de los territorios en los que se ubica una de las firmas investigadas, aunque en el comunicado no se precisan ni los nombres ni las comunidades autónomas afectados.

Estas inspecciones constituyen un paso preliminar a la posible incoación formal de un expediente sancionador, ha detallado el organismo.

Las ventas pasivas -sobre las que investiga la CNMC- son las que hace un distribuidor a clientes que se dirigen directamente a él, procedentes de zonas o territorios en los que no ha realizado actividades de promoción y de captación de la clientela.

SI COMPETENCIA ENCUENTRA INDICIOS DE PRÁCTICAS PROHIBIDAS COMO RESULTADO DE LA INSPECCIÓN, PROCEDERÁ A LA INCOACIÓN DE UN EXPEDIENTE SANCIONADOR

De acuerdo a la CNMC, las inspecciones como la anunciada este miércoles 4 son un paso preliminar cuando se investigan supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas.

Si la Comisión encuentra indicios de prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia y por los tratados de la Unión Europea como resultado de la inspección, procederá a la incoación formal de un expediente sancionador.

Ha recordado que los acuerdos que incumplen estas leyes constituyen una infracción muy grave que puede implicar multas de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas infractoras.

La CNMC cuenta con el programa de clemencia, que permite exenciones del pago de la multa a las empresas que aporten elementos de prueba que posibiliten la detección de la asociación ilícita en la que participen o descuento de la sanción a quienes aporten datos de valor añadido.

×