La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiga la existencia de un posible un cártel en el sector de la maquinaria agrícola por prácticas anticompetitivas consistentes en acuerdos de reparto de mercado entre los concesionarios de maquinaria agrícola.

La CNMC ha realizado nuevas inspecciones entre el 18 y el 20 de junio como resultado de la investigación abierta tras una primera ronda de inspecciones (entre el 26 y el 29 de septiembre de 2023) en las sedes de varias empresas que operan en este mercado, según han informado en un comunicado, donde se detallaba que las prácticas consistirían en «el reparto del mercado a través de la restricción de las ventas pasivas a clientes situados fuera del área especificada en los contratos de distribución».

En este proceso, la CNMC ha contado con la colaboración de las Autoridades de Competencia autonómicas donde se ubican algunas de las empresas inspeccionadas.

Estas inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas, ha recordado Competencia ante la sospecha de un cártel en el sector de la maquinaria agrícola.

Si la CNMC encontrase indicios de prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia como resultado de la inspección, procederá a la incoación de un expediente sancionador.

Los acuerdos que infringen el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas infractoras.

En el caso de los cárteles, la CNMC cuenta con el programa de clemencia, que permite beneficiarse de la exención del pago de la multa a las empresas que aporten elementos de prueba que posibiliten la detección del cártel en el que participen o hayan participado.

Este programa también permite beneficiarse de una reducción del importe de la multa a las empresas solicitantes de clemencia que aporten información con valor añadido significativo una vez iniciada la investigación por la CNMC.

Además de la exención del pago de la multa o la reducción de su cuantía, las empresas solicitantes de clemencia también quedan exceptuadas de la prohibición de contratar establecida en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia.

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