Dentro de este plan, el primer punto se centra en el pago básico, que en su opinión "debería ser obligatorio que el receptor de la ayuda a superficie, que se corresponda mayoritariamente con pastos, tenga asociado a dicha superficie una carga ganadera mínima por hectárea de pastos que establezca el Estado Miembro".

    En segundo lugar, consideran que la ganadería extensiva debería considerarse como “verde por definición” dentro de un eventual componente verde de los nuevos pagos directos, tanto para los ganaderos con pastos propios o arrendados como para aquellos perceptores que, a través de algún tipo de vinculación contractual, cedan para dicha práctica las superficies de su propiedad declaradas en su solicitud de ayuda.

    En el tercer punto se resalta que la ganadería extensiva debería considerarse "prioritaria en la percepción de los pagos acoplados. Reúne los requisitos necesarios que recoge la futura PAC. Nuestro país debe aspirar a conseguir el máximo porcentaje de pagos asociados dentro del sobre nacional (15%)".

    Como cuarto punto del plan, se hace hincapié en el pago para zonas con limitaciones naturales, del que crree que "España debe asumir este tipo de pago con el objeto de compensar a la ganadería extensiva ubicada en zonas Red Natura (27% de nuestro territorio), a las zonas de montaña y a otras zonas con protección ambiental o limitaciones naturales. Consideramos que la ganadería extensiva ejerce un papel primordial en el mantenimiento de los recursos naturales,  la gestión territorial y prevención de incendios por lo cual debe ser el objetivo prioritario de este tipo de ayudas".

     Con respecto al Desarrollo Rural, apuesta en su quinto punto, el establecimiento de "una medida con carácter obligatorio en todo el Estado destinada a la ganadería extensiva por su contribución a la gestión sostenible del territorio, la conservación de sus recursos naturales, de modo que se reconozcan los beneficios que estas prácticas ganaderas aportan al medioambiente".

    Finalmente, el plan indica que "la definición de las actuaciones deben tener en cuenta las específicas condiciones socio productivas de los territorios insulares".

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