EFE.- En un comunicado, la Comisión Nacional de la Competencia recordó que continúa la investigación que lleva a cabo en el expediente sancionador contra varias desmotadoras andaluzas, que ahora amplía.
Las actuaciones comenzaron el 24 de febrero de 2012, cuando la Dirección de Investigación de la CNC incoó el expediente sancionador S/0378/11 contra Algodonera del Sur (Algosur), Desarrollo y Aplicaciones Fitotécnicas (Dafisa), Eurosemillas, Industria desmotadora andaluza (Indesa) y Colectivo Algodoneras del Sur de Andalucía (Coalsa).
En estos casos detectó posibles prácticas restrictivas de la competencia que consistirían en la "adopción de acuerdos tendentes a fijar los precios pagados a los productores de algodón".
Más tarde, el 30 de julio de 2012, la CNC acordó ampliar la incoación del expediente contra las empresas desmotadoras Surcotton y Algodonera Blanca Paloma porque "podría deducirse la existencia de indicios racionales" de la comisión de una infracción del artículo 1 LDC consistente en la adopción de acuerdos tendentes a fijar los precios pagados a los productores de algodón.
Ahora, en concreto, el pasado 25 de febrero, tras analizar la documentación obtenida durante la instrucción del mismo, la CNC acordó ampliar la incoación del expediente contra AEDA.
Asimismo, amplían la incoación del expediente S/0378/11 por una posible conducta anticompetitiva consistente en un acuerdo de reparto de mercado de algodón bruto contra las empresas Eurosemillas, Surcotton, Dafisa, Algosur, Indesa y Coalsa por presuntas conductas prohibidas por el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC).
"Existen indicios racionales de la comisión de una posible conducta anticompetitiva consistente en el cierre de mercado a otras empresas desmotadoras de algodón por parte de Eurosemillas, Surcotton, Dafisa, Algosur, Indesa, Coalsa, Comasa-Agrícola Conagralsa, Aeda y Adesur, ha puntualizado la CNC.
La ampliación de la incoación no prejuzga el resultado final de la investigación, manteniéndose vigente el período máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial para la instrucción y resolución de este expediente por la CNC.