EFE.- En concreto, el R.D. tiene por objeto establecer determinadas medidas que contribuyan a la correcta aplicación en España de la normativa europea vigente en dicha materia.

El documento recoge las obligaciones y las características de autorización de los operadores productores de brotes, así como los anexos con la información que deberá registrar y transmitir el operador para cada lote suministrado o la documentación mínima a presentar para solicitar la autorización de sus establecimientos.

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