La Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales está ultimando una resolución que incluirá una serie de medidas para la erradicación de la plaga de la polilla guatemalteca, entre las que incluye un mayor control, a la vez que desaconseja la siembra de patatas en los concejos afectados.
Todos los productores, tanto profesionales como de autoconsumo, que siembren o tengan sembrada patata en los concejos afectados -San Tirso de Abres, Vegadeo, Castropol, Taramundi, Navia, Valdés y Cudillero- deberán comunicar el cultivo.
Las medidas incluidas en la resolución que se aplicará mientras el Gobierno central aprueba el Programa Nacional de Control y Erradicación han sido consensuadas con los alcaldes de los concejos afectados para combatir la plaga con la mayor rapidez posible, según explicó la Consejería en un comunicado.
Los productores deberán eliminar mediante un arado todos los tubérculos de la anterior campaña y no reutilizar semillas
El borrador de la resolución fue remitido a los concejos y a las organizaciones agrarias para recabar sus sugerencias y, una vez incorporadas éstas, será objeto de aprobación en los próximos días.
Además de desaconsejar la siembra e imponer la obligación de comunicar el cultivo en estos concejos, los productores deberán eliminar mediante un arado todos los tubérculos que puedan quedar de la anterior campaña y no se podrá reutilizar como semilla los tubérculos recolectados con anterioridad.
Así, cualquier siembra deberá utilizar semilla certificada y con garantía sanitaria, así como trampas de feromona sexual que será suministrada por la administración.
Los productores también estarán obligados a realizar tratamientos fitosanitarios preventivos y colocar las semillas de la siembra a una profundidad mínima de quince centímetros para evitar el contacto con las larvas.
La resolución que prepara la Consejería también establecerá que los almacenes de agricultores particulares en los que durante la campaña anterior se haya detectado el patógeno deberán ser limpiados y desinfectados.
Además, en caso de detectarse la plaga en el almacén se procederá a la destrucción de todos los lotes de patata y de los sacos y embalajes utilizados, y a la desinsectación del local.
La administración local reforzará la vigilancia de la procedencia de los tubérculos que se vendan en los mercados locales
En los almacenes comercializadores se procederá a la separación de los tubérculos cuyo destino sea el de semilla, de los de consumo, así como de los restos de embalajes, en compartimentos distintos a los de las patatas almacenadas, con la colocación de trampas con feromona para la detección de la plaga.
La resolución prevé que, en caso de detección de la plaga en el almacén, tanto en tubérculo como en trampa de feromona, la comercialización de los lotes presentes en la instalación se suspenderá durante 90 días.
Transcurrido ese tiempo, el lote tendrá que ser destruido si se constata la persistencia de la plaga.
En la fase de comercialización, la administración local reforzará la vigilancia de la procedencia de los tubérculos que se vendan en los mercados locales para constatar el origen de la patata comercializada y adoptar medidas para impedir en su caso su circulación.