Según ha informado el Gobierno de Aragón, dichas funciones pasarían a atribuirse a los miembros de un Comité Institucional creado a tal efecto y compuesto exclusivamente por las Organizaciones Profesionales Agrarias (OPAS), dentro de la propia Comisión Agraria -un órgano de participación entre los representantes del sector agrario y la Administración de la Comunidad Autónoma en materia agroalimentaria y de desarrollo rural-.
El patrimonio será de la Comunidad, aunque se destinará al interés agrario
El patrimonio resultante tras la liquidación y extinción de las tres cámaras agrarias provinciales pasará a ser titularidad de la Comunidad Autónoma, que a través del departamento de Agricultura se administrará y gestionará, si bien será el Comité Institucional el que decidirá el destino que ha de darse al rendimiento de ese patrimonio, siempre que se destine a fines y servicios de interés general agrario.
En lo que atañe al personal, pasará a integrarse como personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La desaparición de las cámaras agrarias implica también que se establezca un nuevo sistema para medir la representatividad de las Organizaciones Profesionales Agrarias en Aragón, que esta ley concreta en la regulación de un proceso de consulta a los empresarios del sector agrario.
La organización corresponderá a la administración, que tendrá un plazo máximo de un año, desde que se apruebe la Ley, para convocar elecciones.
Primer proceso electoral agrario desde 2001
Será el primer proceso electoral que se realiza desde el año 2001, en el que podrán participar con su voto todas las personas inscritas en el censo que se elaborará específicamente para ello, siempre que sean titulares o cotitulares de explotaciones agrarias, estén dados de alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios y, en caso de que no reúnan estas condiciones, perciban pagos directos de ayudas de la PAC superiores a 3.000 euros.
También podrán participar las sociedades agrarias de transformación, las cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra inscritas en los registros correspondientes. Las organizaciones profesionales agrarias que obtengan, al menos, un 15% de los votos, serán consideradas las más representativas.
La ley será remitida a las Cortes de Aragón una vez se hayan recibido y valorado las alegaciones correspondientes al texto y sea revisado por los Servicios Jurídicos y aprobado por el Gobierno de Aragón.
(Foto: Archivo Javier Blasco www.heraldo.es)