MARM.-El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas, con el objetivo de adaptar la normativa nacional las modificaciones introducidas por la Comisión Europea en la normativa comunitaria reguladora del sector, así como clarificar y mejorar aquellos aspectos de la actual normativa que presentaban dificultades de aplicación.

Así, el Real Decreto establece la manera de constituir, financiar y gestionar los fondos económicos, financiados al 50% por la Unión Europea, de los que pueden disponer las organizaciones de productores para poner en marcha programas de inversión dirigidos a la mejora de la producción, comercialización, calidad y aplicación de técnicas respetuosas con el medio ambiente.

También dispone el método de cálculo del valor de la producción comercializada, que es la base sobre la que se calcula la ayuda comunitaria, y el procedimiento para la solicitud y justificación de las ayudas correspondientes a los gastos derivados de la ejecución de los programas.

Como novedades respecto a la normativa anterior, se introducen las modificaciones realizadas por la Comisión Europea en el cálculo del valor de la producción comercializada cuando los productos van a transformación, y la posibilidad de considerar el valor de los productos comercializados por productores que se integran por primera vez en la organización.

Asimismo, se regula de manera detallada la presentación de programas operativos por parte de las asociaciones de organizaciones de productores, y se mantienen como acciones susceptibles de incluirse en los programas los costes específicos, como la planta injertada, la utilización de plástico biodegradable y la producción experimental.

Finalmente, el Real Decreto recoge la prórroga de la presentación de los programas y sus modificaciones hasta el 14 de octubre, con la intención de que las organizaciones de productores dispongan de tiempo suficiente para plantear los programas con la nueva normativa.

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