El importe de la ayuda solicitada partirá de una cuantía base de 80 €/CV de la potencia del tractor a achatarrar pudiéndose incrementada según condiciones del beneficiario y su explotación:
   –    Persona física titular de una explotación agraria prioritaria: 35 €/CV
   –    Agricultor joven en su primera instalación o cinco años posteriores: 25 €/CV
   –    Persona física con explotación en zona de montaña o con dificultades: 10 €/CV.
   –    Cooperativas y SAT: 70 €/CV.
   –    Persona – empresa de prestación de servicios agrarios: 25 €/CV.
   –    Tractor a achatarrar carente de estructura de protección: 80 €/CV
   –    Por achatarrar además uno o más equipos de tratamiento fitosanitario o de distribución de fertilizantes: 50 €/CV.
   –    Adquirir un tractor nuevo con clasificación de eficiencia energética: A(30) B(10) €/CV.
   –    Adquirir tractor nuevo con emisiones contaminantes inferiores a las exigidas: 10 €/CV.

    La ayuda máxima por beneficiario será de 12.000 € en el caso de adquisición de nuevos tractores y de 15.000 € en el caso de adquisición de nuevos tractores cuando se de uno de los dos supuestos del tractor a achatarrar: no tenga estructura de protección y se achatarre uno o más equipos de tratamiento fitosanitario o de distribución de fertilizantes.

Los requisitos generales de la máquina a achatarrar es tener más de 15 años de antigüedad, estar inscrita en el ROMA a nombre del solicitante, en condiciones de uso y causar baja definitiva una vez achatarrado en un centro autorizado. Los requisitos del nuevo tractor son ser adquirido en fecha posterior a la de solicitud de ayuda y quedar inscrito como de primera adquisición en el ROMA.

×