Así, las declaraciones solo se solicitarán una vez, es decir, los recintos declarados en años anteriores no deben volver a realizar esta gestión y la Consejería de Agricultura facilitará al titular de la explotación una clave de acceso al sistema informático de presentación de estos documentos en las Oficinas Comarcales Agrarias.

    La Dirección General de Agricultura y Ganadería dispondrá, a partir del Sigpac y de la identificación de los titulares de las explotaciones porcinas, de una base de datos en la que se incluirán las parcelas y recintos en Extremadura aptos para ser destinados al engorde de animales bajo las menciones "bellota" y "recebo".

    Las superficies aptas de las parcelas y recintos declarados podrán consultarse en el visor del SIGPAC ubicado en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía mediante la selección de la capa "montanera".

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