Con el fin de simplificar los cambios, los servicios técnicos de COAG han elaborado un informe que puede servir de guía a todos los afectados, que, a partir de ahora, deberán estar pendientes de sus respectivas Comunidades Autónomas para solicitar las correspondientes ayudas y, sobre todo, los plazos para poder cobrarlas.

      Esta guía de las novedades reglamento CE publicadas ya en el DOCE (Boletín Oficial de la Comisión Europea) son:

    – El principal cambio es que se ha recuperado el listado de productos inicial, más los añadidos, con un tratamiento diferenciado para aquellos que se cayeron de la lista en el primer borrador de este reglamento (coles, coliflor, brócoli, setas y frutos rojos): hay un cupo extra de 3.000 tn para cada EEMM, al margen de los subcupos estatales, que se puede gastar en cualquiera de los productos del listado, tanto los que tienen un cupo particular como los que no (coles, coliflor, brócoli, setas y frutos rojos). A 31 de octubre el Estado miembro tiene que decir si se va a gastar este cupo adicional, pero no en qué. El Ministerio va a decir que se quiere contar con ese cupo adicional, dejarlo sin asignar y decidir más adelante a qué asignarlo según necesidades.

     – Por tanto, los productos con ayuda y cupo son los siguientes: naranja, mandarina y clementina, manzana, pera, tomate, pimiento, pepino, zanahorias, ciruelas, uvas de mesa y kiwis. Vuelven a estar cubiertos coles, brécol, champiñón y frutos rojos pero sin cupo. En principio se podrá utilizar el cupo adicional de 3.000 tn para estos productos. No son todos los cítricos los que entran (ni limón, ni pomelo).

    – España dispondrá de un total de 94.600 tn, lo que supone alrededor del 25% del total de la UE, divididas en subgrupos de la siguiente forma:

Grupo                               Producto                                                                Cantidad (tn)

Cítricos          Naranja, mandarina y clementina                                          58.600
Pepita             Manzana, pera                                                                              8.700
Hortalizas    Tomate, pimiento, pepino, pepinillo y zanahorias                20.400
Fruta             Ciruelas, uvas de mesa y kiwis                                                 6.900

      – Las cantidades no se pueden mover entre sub-cupos. Si alguno de los sub-cupos se agota, se acudiría a la Comisión a pedir más.

     – Se mantiene el funcionamiento del sistema de ayudas anterior: no hay cambios en los beneficiarios, ni en las medidas, ni en la cofinanciación de las medidas. La recolección parcial de los no miembros sigue no permitida.

     – No hay un presupuesto cerrado, de hecho, la cifra de 165 mill€ adicionales a los 125 mill€ ya gastados no aparece en el Reglamento, ni tiene ficha presupuestaria. Se trata de una estimación de la Comisión del gasto que puede suponer la aplicación de las medidas al total de las toneladas asignadas.

    – El Reglamento funciona desde el día de hoy hasta el 31 de diciembre como mucho o hasta que se acaben los cupos en cada EEMM. No hay retroactividad. Las cantidades en este lapsus de tiempo sin medidas se deberán hacer frente a través de los PO ordinarios. Consideran que las cantidades son limitadas en productos que no sean melocotón y nectarina.

    – La tramitación de la ayuda se solicitará a 31 de enero máximo y se pagará antes del 31 de junio de 2015.

    – La Comisión prevé que se hagan notificaciones cada 15 días de operaciones ya ejecutadas y no de operaciones notificadas como hasta ahora. FEGA explica que habrá dos notificaciones semanales por las CCAA (lunes-jueves o martes-viernes) de las previsiones de medidas a realizar en los siete días siguientes. En la siguiente notificación se comunica lo realmente ejecutado. De esta manera estiman que se aumenta el control sobre lo que se va consumiendo de los cupos y hay mayor seguridad jurídica para quien desea operar. Habrá una página web en el portal del FEGA donde se podrá hacer seguimiento de las cantidades.

     – El Reglamento establece la asignación de ayudas en base al criterio en primer llegado-primer servido si bien permite establecer a los EEMM un criterio no discriminatorio y objetivo para asignar los cupos, cosa que el MAGRAMA no pretenden hacer y mantendrá el criterio de asignación por orden de solicitud.

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