La Denominación de Origen Protegida Jerez ha introducido cambios normales en algunos aspectos como la descripción de sus vinos y su grado alcohólico, según la comunicación publicada este miércoles en el Diario Oficial de la Unión Europea (UE).
Se trata de una modificación normal aprobada del pliego de condiciones de la DOP, que incluye cambios aplicados sobre las tipologías de vinos.
En ese sentido, se cambia la descripción de los «vinos generosos de licor», para dar «más claridad» y «ajustarla» a la nueva definición del término tradicional protegido de igual nombre.
En la descripción reza que «se reduce la graduación alcohólica adquirida mínima de los vinos ‘Fino’ (vinos de la categoría 1 y 3) y ‘Pale Cream’ (vinos de la categoría 3), de 15 % vol. a 14 % vol.
Esto es posible, aún siendo algunos vinos de licor, porque esta DOP está incluida en la lista de vinos de licor con Denominación de Origen Protegida cuyo grado alcohólico volumétrico adquirido de vino envejecido sea igual o superior a 14 % vol. e inferior a 15 % vol., establecida en la sección C, apéndice 1, Anexo III del Reglamento Delegado (UE) 2019/934 de la Comisión de 12 de marzo de 2019, siendo el pliego de condiciones donde se deben especificar los productos que se acogen a esta excepción».
A partir de ahora, la totalidad de la uva procedente de viñedos que excedan de 12.570 kilos por hectárea solo podrá utilizarse en la elaboración de vinos protegidosuna vez transformada en algún producto complementario, un límite rebajado que entrará en vigor a partir de la campaña 2028/29.
Además, se reduce la graduación alcohólica mínima de los vinos «Fino» y «Pale cream», al tiempo que ha sido modificada la descripción del aspecto visual de los vinos tipo Moscatel, sustituyendo la tonalidad «castaño» por «dorado pálido».
Entre otras modificaciones, se han incluido nuevas unidades geográficas menores y se han añadido los pagos Torre de Cera en Jerez de la Frontera y los de Encinilla-Grija y Loma de Vejines en el término de Lebrija.





