De las 19 interceptaciones de cítricos importados en la Unión Europea con plagas o enfermedades de cuarentena durante este pasado mes de septiembre, 12 provenían de Sudáfrica (7) y Zimbabue (5), ambos países incluidos en el acuerdo económico de la UE con los países del África meridional, según denuncia LA UNIÓ Llauradora. que no duda en reclamar una auditoria y un endurecimiento del tratamiento de frío porque “no son capaces de cumplir con la seguridad sanitaria de sus envíos y el riesgo de entrada de una plaga es total”.

Precisamente en septiembre fue cuando se extendió el grueso de las exportaciones de cítricos de los dos países a los mercados europeos y es cuando los lineales de nuestros supermercados e hipermercados se llenan de fruta sudafricana que todavía se puede ver y que ha ralentizado el inicio de campaña nacional.

Las siete interceptaciones de Sudáfrica son del hongo de la Phyllosticta citricarpa que provoca la temida Mancha Negra o Citrus Black Spot, lo mismo que sucede con las cinco de su vecino Zimbabue. Ambos países aumentan las interceptaciones en relación con el mismo mes del pasado año. LA UNIÓ calcula que las últimas seis plagas introducidas en nuestro territorio, la mayoría importadas. han supuesto un sobrecoste del 40% para los productores de cítricos de la Comunitat Valenciana

LA UNIÓ considera que son de nuevo unos datos escandalosos que ponen en entredicho las medidas adoptadas por la UE, como por ejemplo el tratamiento en frío y la hipocresía de Sudáfrica de interponer una demanda en la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre unas medidas que “ellos no están cumpliendo o no están siendo eficaces”.

Se pone de manifiesto que el Acuerdo de asociación suscrito por las autoridades europeas en 2016 y el tratamiento en frío en naranjas no han supuesto una menor interceptación de plagas y enfermedades provenientes de aquellos países, todo lo contrario, va a más.

Carles Peris, secretario general de LA UNIÓ, insiste que “Sudáfrica no garantiza la seguridad sanitaria de sus envíos y a pesar de sus presiones a la OMC debido a las mayores y justas exigencias por la UE, continúan sin controlar las plagas y enfermedades en sus cítricos, ya no solo en Sudáfrica, sino también en toda la zona a que se le suma Zimbabue”.

SUDAFRICA SE LIMITA A ENFRIAR EL CONTENEDOR A LA TEMPERATURA DE TRATAMIENTO Y NO, COMO DEBERÍA HACERSE, ENFRIAR LA FRUTA

Las medidas establecidas por la UE son insuficientes para que Sudáfrica deje de exportar esas plagas y pone en riesgo la citricultura comunitaria. Por ello desde LA UNIÓ se reclama a Bruselas un endurecimiento del tratamiento en frío (el único mecanismo que, bien ejecutado, evita la entrada de la ‘Falsa polilla’) a los cítricos sudafricanos, haciendo que se cumpla rigurosamente el aprobado para los envíos de naranjas y que se extienda a mandarinas y pomelos, por entrañar el mismo riesgo fitosanitario, como ha quedado probado.

En este sentido, LA UNIÓ insta a las autoridades comunitarias a que auditen el cumplimiento del tratamiento de frío y establezcan un registro de control de sondas de temperatura ya que queda claro que continúan las interceptaciones de Thaumatotibia leucotreta o Falsa polilla. “Hay que establecer un mayor control de los envíos origen y una prospección más exhaustiva de esas zonas productoras para determinar si se garantiza la seguridad de las importaciones”, señala.

Concretamente, y a pesar del tratamiento de frío se produjeron en la UE durante julio 2 interceptaciones de ‘Falsa polilla’ en cítricos procedentes de Sudáfrica con destino al mercado europeo, una en mandarinas y otra en pomelos. En el mes de febrero hubo otro rechazo por esta plaga en mandarina originaría de Israel. El pasado año fueron un total de 4 interceptaciones de Falsa Polilla, 3 de Sudáfrica (2 en naranja y 1 en mandarina) y 1 de Israel. Es ya el segundo año consecutivo desde la introducción de la obligatoriedad del tratamiento de frío para las naranjas procedentes de países con ‘Falsa polilla’, que existe la constatación de que Sudáfrica sigue incumpliendo el protocolo. Se limita a enfriar el contenedor a la temperatura de tratamiento y no, como debería hacerse, enfriar la fruta (la parte central de la fruta) a la temperatura establecida durante los días estipulados.

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