El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha promulgado sendas órdenes que homologan los contratos tipo de compraventa de uva destinada a su transformación en vino (APA/786/2024, de 12 de julio) y de vino (APA/787/2024, de 12 julio) para las próximas tres campañas (2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027). Ambas órdenes están publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el sábado 27 de julio.

La homologación de estos contratos tipo, que entrarán en vigor el 1 de agosto, se realiza a propuesta de la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE) y será aplicable en todo el territorio nacional. El objetivo de estos modelos de contratos, de uso voluntario, es mejorar el funcionamiento, la estabilidad y la transparencia de la cadena de valor del sector vitivinícola.

Estos contratos se han homologado de acuerdo con el régimen establecido en la ley reguladora de los contratos tipo de productos alimentarios (Ley 2/2000, de 7 de enero) y su contenido se ajusta a lo dispuesto en la normativa sobre medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria (artículo 9 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto).

Entre otras cláusulas, los contratos de compraventa de uva y de vino tipo establecen el objeto, el precio, la forma y condiciones de pago y entrega, la calidad, la trazabilidad, la duración y prórroga, y los mecanismos para resolver controversias. Los operadores podrán acordar la vigencia del contrato para varias campañas, promover así la adopción de contratos plurianuales y favorecer la estabilidad necesaria en el sector vitivinícola.

Además, se ha establecido un sistema de resolución de conflictos mediante un procedimiento de conciliación y vista previa ofrecido por OIVE.

Las órdenes están disponibles en los siguientes enlaces:

https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-15563

https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-15564

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