El Tribunal Supremo ha avalado el real decreto aprobado en mayo de 2022 por el Gobierno que obliga a que el precio en origen de la leche pactado entre las partes (ganadero e industria) cubra el coste de producción.

El tribunal, en una sentencia facilitada a Efeagro, desestima el recurso contencioso-administrativo que interpuso la Federación Nacional de Industrias Lácteas (Fenil) contra dicho decreto que aborda las condiciones de contratación en este sector ganadero.

Para el alto tribunal, esta medida aprobada por el Ejecutivo central es «proporcional» desde la perspectiva del derecho europeo y constitucional.

EL SUPREMO RECUERDA QUE “EL SECTOR AGROALIMENTARIO EN GENERAL Y, DENTRO DE ÉL, EL SECTOR LÁCTEO EN PARTICULAR, SE ENCUENTRA EN UN ESTADO DE VULNERABILIDAD»

Además, según recoge la sentencia, «no puede considerarse, tampoco desde la perspectiva de la libertad de empresa constitucionalmente garantizada, que la medida discutida sea irrazonable, manifiestamente inadecuada o arbitraria en relación con el objetivo perseguido o si era o no la mejor posible para alcanzarlo».

Entre otros argumentos para rechazar el recurso, el Supremo recuerda que es una medida que «parte de una realidad ni siquiera cuestionada frontalmente en la demanda: que el sector agroalimentario en general y, dentro de él, el sector lácteo en particular, se encuentra en un estado de vulnerabilidad».

Una vulnerabilidad motivada, entre otras razones, por el carácter «perecedero y no almacenable del producto», así como por la «atomización de los agentes que intervienen en las distintas fases productivas y el consiguiente desequilibrio de sus posiciones negociadoras».

Para el Supremo, la obligación de que el precio en origen de la leche cubra el coste efectivo de producción «persigue un objetivo legítimo de evitar prácticas desleales en detrimento de la parte más débil de la cadena, los productores».

De tal modo, lo ve una medida «adecuada» para «fortalecer su poder de negociación y reequilibrar su posición» en la cadena en aras a alcanzar una «libertad de negociación real y una competencia efectiva, que limita, pero no elimina la libertad de negociación del precio, mejorando el funcionamiento de la cadena alimentaria».

En el recurso han intervenido como demandadas la Administración del Estado y varias organizaciones agrarias como COAG, Unións Agrarias-UPA y la Unió de Pagesos de Catalunya, según ha detallado el tribunal en un comunicado.

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