La Comisión Europea (CE) precisó este jueves el concepto de «fuerza mayor» en el sector agrícola para reducir la carga administrativa de los agricultores y facilitar la obtención de pagos en el marco de la PAC, especificando que la fuerza mayor puede aplicarse a todos los productores que trabajan en una zona demarcada afectada por catástrofes naturales o fenómenos meteorológicos graves e impredecibles como sequías graves o inundaciones.

«Esto significa que los agricultores ubicados en el área afectada no necesitarán completar solicitudes individuales ni presentar pruebas de que se cumplen las condiciones de fuerza mayor», indicó Bruselas en un comunicado.

El objetivo de aclarar el concepto es «ofrecer seguridad a los agricultores afectados respecto de sus pagos de la PAC, garantizando al mismo tiempo una aplicación uniforme en toda la UE».

La Comisión precisó que la comunicación de hoy forma parte de las medidas adoptadas por la Comisión para reducir la carga administrativa de los agricultores de la UE.

En los últimos meses Bruselas ha tomado una serie de acciones en respuesta a las protestas de los agricultores en más de una decena de países.

El concepto de fuerza mayor permite a los agricultores que no han podido cumplir todos los requisitos de la PAC debido a acontecimientos excepcionales e imprevisibles fuera de su control, por ejemplo en el caso de sequías graves o inundaciones, no perder el apoyo de política agraria.

La aplicación de este concepto la deciden los Estados miembros basándose en las pruebas existentes.

Si bien los Estados miembros suelen aplicar la excepción de fuerza mayor caso por caso y a petición del agricultor, la normativa aplicable prevé que cuando una catástrofe natural o un fenómeno meteorológico graves afecten seriamente a una zona claramente determinada, el Estado miembro de que se trate podrá considerar toda la zona como «seriamente afectada por la catástrofe o el fenómeno».

SON LOS ESTADOS MIEMBROS LOS QUE DEBERÁN DETERMINAR LA SUPERFICIE EN CUESTIÓN Y LA POBLACIÓN DE LA ZONA AFECTADA POR UNA CATÁSTROFE  FENÓMENO

Los Estados miembros que se acojan a esta posibilidad podrán decidir que, cuando sea evidente que los agricultores de la zona se ven afectados por un fenómeno anormal cuyas consecuencias no podrían evitarse a pesar de toda la diligencia debida, queden amparados por la excepción de fuerza mayor.

De esa manera, no deberán solicitarlo individualmente ni será necesario verificar que se cumplen todas las condiciones para la aplicación de dicha excepción.

No obstante, serán los Estados miembros los que deberán determinar la superficie en cuestión y la población de la zona afectada por el fenómeno.

Bruselas aclaró que la fuerza mayor puede aplicarse a todos los agricultores que trabajan en una zona delimitada afectada por catástrofes naturales o fenómenos meteorológicos graves e imprevisibles, como sequías graves o inundaciones.

Los agricultores ubicados en el área impactada no necesitarán completar solicitudes individuales ni proporcionar evidencia del cumplimiento de las condiciones de fuerza mayor.

Ello reducirá la carga administrativa para los agricultores y las autoridades nacionales.

La comunicación establece condiciones para permitir la presunción de que todos los agricultores ubicados en una zona están cubiertos por la fuerza mayor.

Los Estados miembros deberán confirmar la aparición de una catástrofe natural grave o de un acontecimiento meteorológico grave y delimitar la zona geográfica que se ha visto gravemente afectada.

Para esta delimitación, pueden basarse, por ejemplo, en datos de satélites sobre la zona, sin necesidad de detalles específicos a nivel de las explotaciones individuales.

En ciertas situaciones, las administraciones nacionales también considerarán factores como la pendiente, el tipo de suelo o de cultivos para definir la población afectada sin necesidad de verificación individual.

Este podría ser el caso, por ejemplo, de las heladas, que pueden no afectar de la misma manera a todos los cultivos, o de las lluvias continuas, que pueden tener efectos diferentes en zonas con pendiente, o de suelos con diferentes capacidades de retención de agua.

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