El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado este jueves 25 sendas resoluciones con las solicitudes de la modificación de los términos tradicionales «fino» y «añejo» en las denominaciones de origen del sector del vino.
Las solicitudes para los términos «fino» y «añejo» se recibieron el pasado mayo y fueron presentadas oficialmente por la Junta de Andalucía, según ha detallado la Comisión.
La solicitud explica que la definición de vino fino era «vino de licor (vino generoso) de ‘Jerez-Xérès-Sherry‘ y ‘Montilla Moriles’ con DOP con las cualidades de color pajizo, seco, levemente amargoso, ligero y fragante al paladar, envejecido en ‘flor’ durante al menos dos años, por el sistema de ‘criaderas y soleras’ y en vasijas de roble de una capacidad máxima de 1 000 litros».
LA NUEVA DEFINICIÓN HARÍA MENCIÓN A VINOS GENEROSOS DE «JEREZ-XÉRÈS-SHERRY» Y «MONTILLA-MORILES», PERO TAMBIÉN DE «CONDADO DE HUELVA»
Si se acepta modificación, esta definición haría mención a vinos generosos de «Jerez-Xérès-Sherry» y «Montilla-Moriles», pero también de «Condado de Huelva«.
Las características serían: envejecido exclusivamente mediante crianza bajo velo de flor, con un grado alcohólico adquirido entre 14-17 % vol. para la categoría 1 y entre 15-17 % vol. para la categoría 3, salvo excepciones, de color pajizo a ámbar, con aromas propios de la crianza biológica como la levadura.
En el caso del término «añejo», la definición actual es: vino de licor de ‘Málaga’ con DOP envejecido entre tres y cinco años.
Si se modifica, se podrá hacer uso de la mención «añejo» en los vinos generosos y vinos generosos de licor, así como en vinos de licor de la Denominación de Origen Protegida «Málaga», ofrecidos al consumo con al menos tres años de edad media de envejecimiento en barricas de roble.