El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través del Fondo Español de Garantía Agraria (Fega), ha hecho públicos los importes provisionales de las ayudas asociadas al vacuno de cebo.

El presupuesto destinado para estas medidas en la zona peninsular es de 12,243 millones de euros para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento y 25,405 millones de euros para los terneros cebados que proceden de otra explotación.

En el primero de los casos, el número de animales solicitados y con derecho a ayuda asciende a 443.090 animales mientras que en el segundo son 1.666.284 los animales solicitados y con derecho a ayuda.

Estas cifras son las que hacen que la prima provisional para terneros cebados en la misma explotación de nacimiento sea de 27,522687 euros/animal mientras que en el caso de terneros cebados procedentes de otra explotación la prima provisional sea de 15,244515 euros/animal.

Asimismo, se establece una prima de 63,326374 €/animal para los terneros cebados en la misma explotación de
nacimiento en la región Insular, así como otra de 42,196918 €/animal para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región Insular.

En la campaña 2022, el número de animales comunicados por las comunidades autónomas que cumplen los requisitos establecidos para percibir la ayuda asciende a 30.844, según se desglosa a continuación por comunidades autónomas, lo que supone que el importe unitario provisional quede fijado en 45,778757 €/animal.

Con estos importes unitarios provisionales de las ayudas asociadas al vacuno de cebo, se podrá realizar un primer pago de la ayuda asociada correspondiente, que no podrá superar el 90% del total a pagar, y siempre y cuando se hayan finalizado los controles administrativos y sobre el terreno.

Con posterioridad, las comunidades autónomas comunicarán de nuevo al Fega, antes del 30 de abril de 2023, el número total de animales determinados para el pago de la ayuda, con objeto de poder calcular el importe unitario definitivo a aplicar, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con este importe unitario provisional.

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