JARC se ha opuesto al gravamen económico de la Agencia Catalana de Agua que el Gobierno quiere imponer a las explotaciones ganaderas de una forma gradual. La modificación del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2003, del 4 de noviembre, en relación con los tributos que recaen sobre el ciclo del agua prevé que afecte al canon del agua en una primera fase en un coeficiente 0,2, en la segunda un 0,4 para acabar con una afección de un 0,5.
El CTESC, formado por sindicatos, patronales, economía social, sectores agroganadero y pesquero y expertos ha dado la razón a la entidad agraria, considerando oportuno mantener el actual redactado del Decreto Legislativo 3/2003 en su artículo 71.3
Como ha argumentado reiteradamente la organización agraria a lo largo de los años, «este canon del agua no está justificado porque la mayoría de las explotaciones ganaderas se alcanzan de fuentes propias, por lo tanto, las inversiones para disponer de agua las han realizado los mismos ganaderos o se han financiado con otros recursos cuando se trata de infraestructuras de regadío».
JARC puntualiza, que no todas las explotaciones reciben el conjunto de estos servicios, y en ningún caso, la tasa puede ser superior al coste del servicio. La entidad pone de relieve que, por otro lado las explotaciones han realizado inversiones y esfuerzos para reducir muy considerablemente la gestión del agua y las deyecciones asumiendo un coste económico considerable.
Respecto al saneamiento, hay que recordar que las explotaciones ganaderas no abocan aguas residuales en la red de alcantarillado ni al cauce, sino que son gestionadas conjuntamente con las deyecciones ganaderas. Actualmente todos los parámetros que tiene que gestionar estas explotaciones se encuentran fiscalizados y regulados por diferentes normativas, y sujetas a diferentes gravámenes. Según JARC, una fiscalidad excesiva sería contraria a las políticas para favorecer la población a los entornos rurales